BOLETÍN OFICIAL Nº 40/2016
FÚTBOL
Jugadores con catorce (14) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre Club
MARINACHI ALBANO _ UNIVERSIDAD
Jugadores con nueve (9) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre Club
NUÑEZ RODRIGO _ ARGENTINO
GONIAT RONALDO _ BELGRANO
DERBARBONA DAMIAN _ CICLON RACING
ROSILLO NAHUEL _ CICLON RACING
OLIVERA MALCO _ COLON
BERTOLA LEANDRO _ COLON SJ
MELGARATTI MAXIMILIANO_ COLON SJ
RUIZ DIAZ JUAN _ EL POZO
BERON HERNAN _ GIMNASIA
CARDOZO MARIO _ LA PERLA
BERNIA PABLO _ LA SALLE
BAIGORRIA FRANCISCO _ SAN CRISTOBAL
BARBONA JUAN _ SAN CRISTOBAL
FRANCO MAXIMILIANO _ UNIVERSIDAD
ZORDAN FRANCO _ UNIVERSIDAD
Primera Categoría “B”
Apellido Y Nombre Club
GORIS RUBEN _ INDEPENDIENTE
Jugadores con cuatro (4) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre Club
DAMONTE AGUSTIN _ ARGENTINO
SCHWICH GABRIEL _ ARGENTINO
COCERES JOSE _ ATENAS
FIDALGO JUAN JOSE_ ATENAS
MATIACH GUSTAVO _ ATENAS
RAMIREZ JUAN I _ ATENEO
GARITO LAZARO _ BANCO
GONZALEZ MAXIMILIANO _ BANCO
LABANDERA EMANUEL _ BANCO
SABAS EMILIANO _ BANCO
FERNANDEZ MIGUEL _ BELGRANO
FLORENTIN IGNACIO _ BELGRANO
CRISTALDO WALTER _ CICLON RACING
GONZALEZ JUAN M _ CICLON RACING
MENDOZA SEBASTIAN – EL CADI
CORDERO FRANCO _ COLON
CULLER LUCIO _COLON
ROSTANO LUCAS _ COLON
FEREYRA KEVIN _ COLON SJ
GONZALEZ GUILLERMO_ COLON SJ
JUAREZ JUAN _ COLON SJ
MINOTTI MAXIMILIANO _ COLON SJ
PIANETTI LEONEL _COLON SJ
GARIBOLDI MAXIMILIANO _ COSMO FC
RIOS LUCAS _ COSMO FC
SILVA RAMON _ COSMOS
CARINI JULIAN _ CSOMO FC
GONZALEZ MILTON _EL POZO
PENA NAHUEL _ EL POZO
GONZALEZ GUILLERMO _ GIMNASIA
GUERRERO MARTIN _ GIMNASIA
FASSANO FEDERICO _ LA PERLA
GARNERO SEBASTIAN_ LA PERLA
QUINTANA NICOLAS _ LA PERLA
IPARRAGUIRRE NICOLAS _ LA SALLE
MENDOZA JOSE _ LA SALLE
SARCHI FRANCISCO _ LA SALLE
COLMAN GERMAN _NEWELL´S
ABASOLO NICOLAS _QUILLA
INGINIO SEBASTIAN _ QUILLA
TORESANI LAUTARO _ QUILLA
ARMANDO FRANCO _ SAN CRISTOBAL
BARRETO YAIR _ UNION
BLASI BRIAN _ UNION
Primera Categoría “B”
Apellido Y Nombre Club
AGUIRRE SERGIO _ DON SALVADOR
CASTELARIN RODRIGO _ DON SALVADOR
ESPINOSA JUAN _ EL CADI
ORTIZ DARIO _ EL CADI
ORTIZ IGNACIO_ EL CADI
NORIEGA MATIAS _ INDEPENDIENTE
PATROVILLEAU MATIAS_ INDEPENDIENTE
PIEDRABUENA CRISTIAN _INDEPENDIENTE
ROMERO MARCELO _INDEPENDIENTE
Primera Categoría “SENIOR”
Apellido Y Nombre Club
AQUINO CRISTIAN _ ALTO VERDE
MARINI ADRIAN _ ARENALES
SANDOVAL GUSTAVO _ ARENALES
TOLEDO GUSTAVO _ ATENAS
ALBORNOZ GERMAN _ COLON
VAZQUEZ HUGO_ EL CADI
MERGEN HECTOR _ JUVENTUD
RUIZ DIAZ DIEGO _N. HORIZONTE
DIAZ ARIEL – NEWELL´S
FARIAS CRISTIAN – NEWELL´S
YANERINI RUBEN _ NEWELL´S
GALIANO EDGARDO – PUCARA
VARGAS ROBERTO _ PUCARA
GOROSITO GASTON _ SANJUSTINO
LOVINO EDGARDO _ SANJUSTINO
VELAZQUEZ ARNOLDO – SANJUSTINO
ROJAS JAVIER _ SANTA ROSA
SOLOAGA CARLOS _ SANTA ROSA
BONAZZO ALEJANDRO _ SP. GUADALUPE
SARTORI MARCELO _ SP. GUADALUPE
GUELER SERGIO _ UNIVERSIDAD
PELAYO MARTIN _ UNIVERSIDAD
Visto: Los informes de los partidos disputados entre los días 17/11/2016 al 20/11/2016.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombre Club Sanción Art. Div.
LEIVA MARIANO _ BANCO_ 4 fechas. Arts: 200/210
MARTINEZ ALAN _ BANCO _2 fechas. Arts: 200/220
SALINAS JAVIER _ BANCO_ 1 fecha. Art: 208
GIMENEZ EMANUEL _ BELGRANO _1 fecha. Art: 208
RAMIREZ RUBEN _CICLON RACING_ 1 fecha. Art: 203
RUIZ DIAZ CARLOS_ CICLON RACING_ 1 fecha. Art: 186
MARTINEZ MAXIMILIANO _ COLON _ PROV. Art: 22
MEDRANO ALEJANDRO _ COLON – PROV. Art: 22
OLIVERA MALCO _COLON_ PROV. Art: 22
VERON FRANCO _ COLON_ 2 fechas. Art: 201
ALBANO AGUSTIN _ COLON SJ_ 1 fecha. Art: 207
AMARILLA JAIR _ COSMO FC _1 fecha. Art: 203
AMARILLA MAURO _ EL POZO _1 fecha. Art: 208
BLANCO JUAN _ LA PERLA_ 2 fechas. Arts: 185/220
CASAS FACUNDO _ LA PERLA _1 fecha. Art: 208
IÑIGUEZ LUIS _ LA PERLA _2 fechas. Arts: 200/220
LLOVEL JUAN _LA PERLA_ 1 fecha. Art: 207
BIANCO JUAN _LA SALLE _1 fecha. Art: 208
MIERES JUAN _NEWELL´S _1 fecha. Art: 204
DALLA COSTA JAVIER _ SAN CRISTOBAL_ 1 fecha. Art: 208
LOPEZ LUCIO _UNION _ 4 fechas. Arts: 185/201
QUIROGA DANIEL _ INDEPENDIENTE _1 fecha. Art: 208
GOMEZ DANIEL _LAS FLORES_ 1 fecha. Art: 208
SANTUCCI IGNACIO_ NACIONAL_ 1 fecha. Art: 208
RESERVA
ALBINO AGUSTIN _ BELGRANO _1 fecha. Art: 207
PINTO GONZALO _ CICLON RACING _1 fecha. Art: 207
VERGARA PATRICIO _ COSMO FC _1 fecha. Art: 207
PEDRONI CRISTIAN _ NEWELL´S_ 1 fecha. Art: 207
QUINTA
SCHMIDT JONATHAN _ ARGENTINO_ 1 fecha. Art: 186
CONTRERAS AGUSTIN _ BANCO _1 fecha. Art: 202
CECCHETTO LUCIANO _ CICLON RACING _1 fecha. Art: 207
FERNANDEZ DIEGO _CICLON RACING _PROV. Art: 22
MENDEZ BENJAMIN _ SAN CRISTOBAL_ 2 fechas. Art: 201
PLVOCI NICOLAS _SAN CRISTOBAL _3 fechas. Art: 200
STERLI MARCOS _SAN CRISTOBAL_ 2 fechas. Art: 201
ZARATE CRISTTIAN _SAN CRISTOBAL_ PROV. Art: 22
SEXTA
FLEYTAS NORBERTO _COLON _ 1 fecha. Art: 207
CARRANZA FRANCO _ LAS FLORES_ 1 fecha. Art: 207
MERKUA MATIAS_LAS FLORES_ 1 fecha. Art: 207
BENITEZ MARCELO _NACIONAL_ 1 fecha. Art: 207
PEREZ ISMAEL_NEWELL´S_ 2 fechas. Art: 186
SEPTIMA
LUQUE LAUTARO _ COLON- 1 fecha. Art: 204
ACKERMAN ENZO _ COLON SJ _1 fecha. Art: 204
ENRIQUE BRIAN_LAS FLORES_ 2 fechas. Arts: 200/220
MARAZANA AGUSTIN _ LOS CANARIOS _1 fecha. Art: 204
OCTAVA
ALVARENGA IVAM _ CICLON RACING _1 fecha. Art: 207
NOVENA
CARABAJAL LEANDRO _SAN CRISTOBAL_ 4 fechas. Art: 185
SENIOR
ALTAMIRANO WALER _ UNION _ 1 fecha. Art: 208
GONZALEZ MARCOS _ UNION _ 1 fecha. Art: 208
GONZALEZ ROQUE _UNION _ 1 fecha. Art: 207
CHELINI OLIDEN _ UNIVERSIDAD_ 1 fecha. Art: 208
FORCONI RUBEN _ UNIVERSIDAD_ 1 fecha. Art: 207
RAMOS DIEGO _ UNIVERSIDAD_ 1 fecha. Art: 207
Visto: Los informes de los partidos disputados entre los días 17/11/2016 al 20/11/2016.
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos y delegados de efectivo cumplimiento. (cfr. arts. 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombres Club Sanción Art. Div.
ARCIPRETE GUSTAVO _ COLON _ PROVISORIO 22 1º A
MOLINA MARCELO_ COLON _ PROVISORIO 22 1º A
DELFINO ROBERTO _LA PERLA_ 1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 1º A
SAAD GASTON _UNIVERSIDAD _4 Fechas o multa 84 VE a $ 50 c/u 260 1º A
ZABALA SERGIO _ BELGRANO _1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 3º A
RATICCELLIA MARIA _ COLON_ 4 Fechas o multa 84 VE a $ 50 c/u 260 3º A
SOUZA GIULANO _ COLON SJ_ 1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 3º A
EXPEDIENTES Y FALLOS
Expte. Nº67/2016. Partido: DON SALVADOR vs. LOS CANARIOS (Inf. Menores), de fecha 13/11/2016.
VISTO: el escrito presentado por el Club Don Salvador de fecha 17/11/2016.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club Los Canarios, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
Expte. Nº66/2016. Partido: COLON STA. FE vs EL QUILLA (1º), de fecha 19/11/2016.
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha 19/11/2016.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente a los señores Maximiliano Martinez, Malco Olivera
y Alejandro Medrano, todos jugadores del Club Colón de Santa Fe. (cfr. art. 22 del RTP).
2) Córrase traslado de las actuaciones a los señores Maximiliano Martinez, Malco Olivera y Alejandro Medrano, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
3) Sancionar provisoriamente a los señores Marcelo Molina y Gustavo Arcipete, ambos integrantes del cuerpo técnico del Club Colón de Santa Fe. (cfr. art. 22 del RTP).
4) Córrase traslado de las actuaciones al señor Marcelo Molina y Gustavo Arcipete, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
5) Córrase traslado de las actuaciones al Club Colón de Santa Fe, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
Expte. Nº65/2016. Partido: LA PERLA vs. NEWELL´S (1ºA), de fecha 19/11/2016.
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha 19/11/2016.
CONSIDERANDO: Que en lo expresado por el señor árbitro, donde informa al señor Cristian Torres, el cual se encuentra cumpliendo una pena impuesta por este Tribunal.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club La Perla, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
2) Córrase traslado de las actuaciones al señor Cristian Torres, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
Expte. Nº64/2016. Partido: CCICLON RACING vs. SAN CRISTOBAL (5º), de fecha 18/11/2016.
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha 18/11/2016.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al señor Diego Fernández, jugador del Club Ciclón Racing. (cfr. art. 22 del RTP).
2) Córrase traslado de las actuaciones al señor Diego Fernández, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
3) Sancionar provisoriamente al señor Cristian Zárate, DNI 43.164.100, jugador del Club San Cristóbal. (cfr. art. 22 del RTP).
4) Córrase traslado de las actuaciones al señor Cristian Zárate, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
5) Córrase traslado de las actuaciones al Club Ciclón Racing, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
6) Córrase traslado de las actuaciones al Club San Cristóbal, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
Expte. Nº63/2016. Partidos: COLON SAN JUSTO vs. NEWELL´S (Inf. Menores), de fecha 20/11/2016.
VISTO: los informes de los árbitros de los partidos de fecha 20/11/2016.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club Newell´s, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
Expte. Nº62/2016. Partido: LA PERLA vs PUCARA (5º), de fecha 13/11/2016.
VISTO: los escritos presentados por los señores Serale, Ramis y Rodrigo, haciendo uso del derecho a la defensa, el cual les fuera otorgado en Boletín Nº39/2016. En dichos escritos los tres imputados reconocen su conducta inapropiada.
RESUELVE:
1) Sancionar por el término de 6 (seis) meses a los señores Gabriel Serale y Renzo Ramis, ambos jugadores del Club Pucará. (cfr. arts. 32, 33, 185 y 220 del RTP).
2) Sancionar por el término de 1 (uno) mes al señor Maximiliano Rodrigo, integrante del cuerpo técnico del Club Pucará. (cfr. art. 22 del RTP).
3) Archívese y publíquese.
Expte. Nº61/2016. Partido: SAN CRISTOBAL vs. SANTA ROSA (5º), de fecha 13/11/2016.
VISTO: VISTO: el escrito del Club San Cristóbal, el cual fue presentado fuera de término, sin la firma del Secretario del Club, por lo que carece de validez.
RESUELVE:
1) Dar por decaído el derecho a la defensa y declarar en rebeldía al Club San Cristóbal. (cfr. art. 7 del RTP)
2) Dar por perdido el partido al Club San Cristóbal, registrándole en tabla 0 gol a favor y 1 en contra. No dar por ganado el partido al Club Santa Rosa. (cfr. arts. 32, 33, 106 y 152 del RTP)
3) Sancionar al Club San Cristóbal con una multa de 20 VE a $50 c/u. (cfr. art. 287 del RTP)
4) Archívese y publíquese.
Expte. Nº59/2016. Partido: BELGRANO vs DON SALVADOR (9º), de fecha 06/11/2016.
VISTO: el escrito presentado por el señor Paz, más las pruebas presentadas por la parte imputada.
RESUELVE:
1) Sancionar por el termino de 1 (uno) mes al señor Rubén Fabián Paz, integrante del cuerpo técnico y Presidente del Club Don Salvador. (cfr. arts. 32, 33 y 253 del RTP). Art. 253 – EFECTO DE
LA SUSPENSION A DIRIGENTE – La suspensión impuesta a dirigente de club implica la inhabilitación para ejercer en la Liga o en sus clubs afiliados cualquier clase de actividad directriz y todo cargo, tarea o función que esté relacionada con asuntos referentes al fútbol. La inhabilitación es total. El dirigente así sancionado no podrá por ningún concepto, título o carácter, en lo que se refiere a las distintas actividades del club vinculadas al fútbol, representar ni asistir a reuniones de su Comisión Directiva ni a otras reuniones en las que se traten temas relacionados con la actividad de fútbol en cualquiera de sus aspectos (deportivo, económico, social, financiero, etc.). La violación a lo dispuesto en este artículo será sancionada con suspensión de uno a cinco años o expulsión de la Liga.
2) Archívese y publíquese.
Extraído del boletín oficial del tribunal de disciplina Liga Santafesina
La corrección de errores ortográficos corre por cuenta de Fútbol De Santa Fe
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