BOLETÍN OFICIAL Nº 39/2016
Jugadores con catorce (14) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre _ Club
MARINACHI ALBANO _ UNIVERSIDAD
Jugadores con nueve (9) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre Club
NUÑEZ RODRIGO _ ARGENTINO
GONIAT RONALDO _ BELGRANO
DERBARBONA DAMIAN _CICLON RACING
OLIVERA MARCO _ COLON
AMARILLA MAURO _ EL POZO
RUIZ DIAZ JUAN _ EL POZO
CARDOZO MARIO _ LA PERLA
BERNIA PABLO _ LA SALLE
BIANCO JUAN _ LA SALLE
BAIGORRIA FRANCISCO _ SAN CRISTOBAL
BARBONA JUAN _ SAN CRISTOBAL
FRANCO MAXIMILIANO _ UNIVERSIDAD
ZORDAN FRANCO _ UNIVERSIDAD
Primera Categoría “B”
Apellido Y Nombre Club
GORIS RUBEN _ INDEPENDIENTE
RAMIREZ PEDRO _ NACIONAL
Jugadores con cuatro (4) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre Club
DAMONTE AGUSTIN _ ARGENTINO
SCHWICH GABRIEL _ ARGENTINO
COCERES JOSE _ ATENAS
FIDALGO JUAN JOSE _ ATENAS
RAMIREZ JUAN _ATENEO
GONZALEZ MAXIMILIANO _ BANCO
LABANDERA EMANUEL _ BANCO
SABAS EMILIANO _ BANCO
SALINAS JAVIER _BANCO
FLORENTIN IGNACIO _ BELGRANO
GIMENEZ EMANUEL _ BELGRANO
CRISTALDO WALTER _ CICLON RACING
GONZALEZ JUAN _ CICLON RACING
MENDOZA SEBASTIAN _ CICLON RACING
CORDERO FRANCO _ COLON
CULLER LUCIO _ COLON
FEREYRA KEVIN _ COLON
GONZALEZ GUILLERMO _ COLON
JUAREZ JUAN _ COLON
MINOTTI MAXIMILIANO _ COLON
PIANETTI LEONEL _ COLON
GARIBOLDI MAXIMILIANO _ COSMO FC
RIOS LUCAS _ COSMO FC
SILVA RAMON – COSMOS
CARINI JULIAN _ CSOMO FC
GONZALEZ MILTON _ EL POZO
PENA NAHUEL _ EL POZO
GONZALEZ GUILLERMO _ GIMNASIA
GUERRERO MARTIN _ GIMNASIA
CASAS FACUNDO _ LA PERLA
GARNERO SEBASTIAN _LA PERLA
QUINTANA NICOLAS_ LA PERLA
IPARRAGUIRRE NICOLAS _ LA SALLE
MENDOZA JOSE _ LA SALLE
SARCHI FRANCISCO _ LA SALLE
ABASOLO NICOLAS _ QUILLA
INGINIO SEBASTIAN -QUILLA
TORESANI LAUTARO _ QUILLA
ARMANDO FRANCO _ SAN CRISTOBAL
DALLA COSTA JAVIER _ SAN CRISTOBAL
BARRETO YAIR _ UNION
BLASI BRIAN _ UNION
Primera Categoría “B”
Apellido Y Nombre Club
ORTIZ DARIO _ EL CADI
ORTIZ IGNACIO_ EL CADI
NORIEGA MATIAS _ INDEPENDIENTE
PATROVILLEAU MATIAS_INDEPENDIENTE
PIEDRABUENA CRISTIAN _ INDEPENDIENTE
QUIROGA DANIEL _ INDEPENDIENTE
ROMERO MARCELO _ INDEPENDIENTE
GOMEZ DANIEL _ LAS FLORES
LENCINA DIEGO _ LAS FLORES
OJEDA FRANCO _ NACIONAL
PIVIDORI CARLOS _ NACIONAL
SANTUCCI IGNACIO _ NACIONAL
SANTUCCI MARIANO _ NACIONAL
Primera Categoría “SENIOR”
Apellido Y Nombre Club
AQUINO CRISTIAN _ALTO VERDE
MARINI ADRIAN _ARENALES
SANDOVAL GUSTAVO _ ARENALES
TOLEDO GUSTAVO _ ATENAS
ALBORNOZ GERMAN _ COLON
VAZQUEZ HUGO _ EL CADI
MERGEN HECTOR _ JUVENTUD
RUIZ DIAZ DIEGO _N. HORIZONTE
DIAZ ARIEL _ NEWELL´S
FARIAS CRISTIAN _ NEWELL´S
YANERINI RUBEN _ NEWELL´S
GALIANO EDGARDO _PUCARA
VARGAS ROBERTO _PUCARA
GOROSITO GASTON _ SANJUSTINO
LOVINO EDGARDO _ SANJUSTINO
VELAZQUEZ ARNOLDO _ SANJUSTINO
ROJAS JAVIER _ SANTA ROSA
SOLOAGA CARLOS _ SANTA ROSA
BONAZZO ALEJANDRO _SP. GUADALUPE
SARTORI MARCELO _ SP. GUADALUPE
ALTAMIRANO WALER 2_ UNION
GONZALEZ MARCOS _ UNION
TREVIGNANI LUCAS _ UNION
CHELINI OLIBEN _ UNIVERSIDAD
GUELER SERGIO _UNIVERSIDAD
PELAYO MARTIN _ UNIVERSIDAD
Visto: Los informes de los partidos disputados el día 09/11/2016.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombre Club Sanción Art. Div.
GIANELLI LISANDRO _ ATENAS _1 fecha. Art: 208
PARAVAN ALESO _ ATENAS_ 1 fecha. Art: 208
DALINO GUIDO_ BANCO _4 fechas. Art: 185
VERA DAMIANI FRANCISCO _ BANCO _1 fecha. Art: 207
VINETTI EZEQUIEL _ BANCO_ 1 fecha. Art: 208
ACOSTA NATANAEL _ COSMO FC_ 1 fecha. Art: 202
AYALA MARTIN _ EL POZO_ 2 fechas. Arts: 186/207
ESPINOZA MARCOS _ EL POZO_ 1 fecha. Art: 204
BIANCO NICOLAS _ LA SALLE_ 2 fechas. Arts: 200/220
MENDEZ MANUEL _ LA SALLE _2 fechas. Art: 186
MIERES JUAN _NEWELL´S_ 1 fecha. Art: 208
FAZZIO DIEGO _BANCO _1 fecha. Art: 207
FABRES CRISTIAN _ COLON SJ_ 1 fecha. Art: 207
RESERVA
SOSA MAURO 41.533.383 COLON SJ 1 207 3º A
DE PAULA PATRICIO 42.333.929 EL POZO 1 207 3º A
MALDONADO EXEQUIEL 40.827.735 GIMNASIA 1 207 3º A
ARREDONDO JOEL 40.646.496 SANJUSTINO 1 207 3º A
SENIOR
SCHERKO HECTOR 24.411.398 ARENALES 1 208 SENIOR
GARCIA HORACIO 23.228.660 LOS CANARIOS 1 204 SENIOR
FARIAS CRISTIAN 21.720.440 NEWELL´S 1 208 SENIOR
Visto: Los informes de los partidos disputado el día 09/11/2016.
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos y delegados de efectivo cumplimiento. (cfr. arts. 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombres Club Sanción Art. Div.
COCEREZ VICTOR 24.050.776 BANCO 2 Fechas o multa 42 VE a $ 50 c/u 260 1º A
CELERIA MARTIN 21.270.422 LA SALLE 1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 1º A
ABAD MATIAS 33.945.123 EL POZO 4 Fechas o multa 84 VE a $ 50 c/u 260 1º A
Visto: Los informes de los partidos disputados entre los días 11/11/2016 al 13/11/2016.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombre Club Sanción Art. Div.
AGUIRRE FERNANDO _ ARGENTINO _1 fecha. Art: 207
AQUINO NAHUEL _ ATENEO _1 fecha. Art: 207
GUTIERREZ EMANUEL _ ATENEO _3 fechas. Arts: 185/220
BLANC GASTON _ COLON _ 1 fecha. Art: 207
BURNE LAUTARO _ LA PERLA_ 1 fecha. Art: 204
CARDOZO MARIO _ LA PERLA_ 1 fecha. Art: 207
ESPINDOLA JUAN _ SAN CRISTOBAL_ 1 fecha. Art: 207
CAPOCCETTI MARCOS_ UNION _ 1 fecha. Art: 208
CASTELARIN RODRIGO _ DON SALVADOR _1 fecha. Art: 207
RAMIREZ MAURO _ DON SALVADOR _1 fecha. Art: 208
FARIAS JUAN _ INDEPENDIENTE_ 1 fecha. Art: 208
CABRAL RODRIGO _LOS CANARIOS_ 1 fecha. Art. 208
VALDEZ FACUNDO _ NOBLEZA_ 1 fecha. Art: 208
RESERVA
COGGIOLA GERMAN _ ARGENTINO _2 fechas. Arts: 200/220
DAMONTE AGUSTIN _ARGENTINO _2 fechas. Art: 201
HERNANDEZ EDUARDO _ ATENEO _1 fecha. Art: 202
MENDOZA LEONEL _GIMANSIA_ 1 fecha. Art: 207
CANGA CARLOS _ LA SALLE _2 fechas. Art: 200/220
MONCI IVAN _ SAN CRISTOBAL _1 fecha. Art: 207
CARUBINI ALVARO _UNIVERSIDAD _2 fechas. Arts: 200/220
QUINTA
MARTIN LAUREANO _ CICLON RACING_ 1 fecha. Art: 207
RAMIREZ LEONADRO _EL CADI_ 4 fechas. Arts: 185/207
BARRIENTOS ALEXIS _LA PERLA_ 2 fechas. Art: 202
CEJAS MARTIN _ LAS FLORES _1 fecha. Art: 207
LOREFICE EDGARDO _PUCARA _2 fechas. Art: 201
MIGUEZ MAXIMILIANO _ PUCARA_ 1 fecha. Art: 207
ORELLANO MARTIN _ PUCARA _3 fechas. Art: 200
RAMIS RENZO _ PUCARA_ PROV . Art: 22
SERALE GABRIEL _ PUCARA _PROV. Art: 22
SEGOVIA BRIAN _SAN CRISTOBAL_ 4 fechas. Arts: 185/200
VEGA ALAN _ SANTA ROSA_ 1 fecha. Art: 207
MONTIEL NICOLAS _UNION _ 1 fecha. Art: 207
SEXTA
ROLANDO IGNACIO _ ATENEO _2 fechas. Arts: 200/220
ARGÜELLO JOAQUIN _ COSMO FC _2 fechas. Art: 201
KULAK AUGUSTO _ GIMNASIA _2 fechas. Art: 201
BENITEZ RODRIGO _LAS FLORES_ 2 fechas. Art: 201
CERDAN DARIO _LAS FLORES _1 fecha. Art: 186
FARIAS LAUTARO_ LAS FLORES_ 2 fechas. Arts: 186/207
TABORDA ANDRES _NACIONAL _1 fecha. Art: 207
CABRERA GONZALO _ SANTA ROSA_ 1 fecha. Art: 207
PORTILLO KEVIN _SANTA ROSA _1 fecha. Art: 207
SEPTIMA
GIUSTI ULISES _ EL POZO _1 fecha. Art: 207
BENITEZ ELIAS _N. HORIZONTE_ 2 fechas. Art: 201
OCTAVA
IBAÑEZ IGANACIO _ INDEPENDIENTE_ 2 fechas. Arts: 186/207
MARQUEZ AGUSTIN _INDEPENDIENTE_ 2 fechas. Art: 201
GONZALEZ GONZALO _ UNION _ 1 fecha. Art: 207
NOVENA
BIELE DANTE _ LOS CANARIOS_ 1 fecha. Art: 207
Visto: Los informes de los partidos disputados entre los días 11/11/2016 al 13/11/2016.
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos y delegados de efectivo cumplimiento. (cfr. arts. 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombres Club Sanción Art. Div.
MOMO IGNACIO _ BELGRANO _1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 1º A
BIROLLO LEANDRO _ COSMO FC _1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 1º A
GULLER CARLOS _ NEWELLS _1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260 1º A
RODRIGO MAXIMILIANO _ PUCARA_ PROVISORIO 22 1º A
SOSA RODRIGO _ INDEPENDIENTE _4 Fechas o multa 84 VE a $ 50 c/u 260 8º
EXPEDIENTES Y FALLOS
Expte. Nº62/2016. Partido: LA PERLA vs PUCARA (5º), de fecha 13/11/2016.
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha 13/11/2016.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente a los señores Gabriel Serale y Renzo Ramis, ambos jugadores del Club Pucará. (cfr. art. 22 del RTP).
2) Córrase traslado de las actuaciones a los señores Gabriel Serale y Renzo Ramis, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
3) Sancionar provisoriamente al señor Maximiliano Rodrigo, integrante del cuerpo técnico del Club Pucará. (cfr. art. 22 del RTP).
4) Córrase traslado de las actuaciones al señor Maximiliano Rodrigo, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
5) Córrase traslado de las actuaciones al Club Pucará, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
Expte. Nº61/2016. Partido: SAN CRISTOBAL vs. SANTA ROSA (5º), de fecha 13/11/2016.
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha 13/11/2016.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club San Cristóbal, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)
Expte. Nº59/2016. Partido: BELGRANO vs DON SALVADOR (9º), de fecha 06/11/2016.
VISTO: el escrito presentado por el Club Don Salvador, en donde se observa que firma como Presidente el señor Rubén Paz, lo cual no debe ser así ya que él se encuentra suspendido provisoriamente, dicha sanción lo inhabilita para ejercer en la Liga o en sus clubs afiliados cualquier clase de actividad directriz y todo cargo, tarea o función que esté relacionada con asuntos referentes al fútbol. En el mismo escrito nos informa que posee la filmación del encuentro de referencia y aclara que en la copia del informe no se observa la firma del árbitro del partido. Por lo que este Tribunal
RESUELVE:
1) Continuar con la sanción provisoria al señor Rubén Fabián Paz , integrante del cuerpo técnico y Presidente del Club Don Salvador. (cfr. art. 22 del RTP). Art. 253 – EFECTO DE LA SUSPENSION
A DIRIGENTE – La suspensión impuesta a dirigente de club implica la inhabilitación para ejercer en la Liga o en sus clubs afiliados cualquier clase de actividad directriz y todo cargo, tarea o función que esté relacionada con asuntos referentes al fútbol. La inhabilitación es total. El dirigente así sancionado no podrá por ningún concepto, título o carácter, en lo que se refiere a las distintas actividades del club vinculadas al fútbol, representar ni asistir a reuniones de su Comisión Directiva ni a otras reuniones en las que se traten temas relacionados con la actividad de fútbol en cualquiera de sus aspectos (deportivo, económico, social, financiero, etc.). La violación a lo dispuesto en este artículo será sancionada con suspensión de uno a cinco años o expulsión de la Liga.
2) Solicitar al señor Rubén Fabián Paz, que nos presente para el día 21/11/2016 la filmación del encuentro que posee en su poder, para que de esta forma podamos observar lo que él explica en su escrito. Siendo que si es así, se sancionará al árbitro del partido como lo indica el RTP. También se le informa al señor Paz que se deja copia de informe arbitral, con la firma del árbitro, en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP)
Expte. Nº58/2016. Partido: ATENAS vs ARGENTINO (1º A), de fecha 05/11/2016.
VISTO: el escrito presentado por el Club Atenas, firmado por integrantes de Comisión Directiva, en donde comunica que han impuestos sanciones ejemplificadoras sobre los socios que ocasionaron los disturbios al término del partido. Como así también otro escrito firmado por el señor Miguel Cardoso, en donde reconoce que se extralimitó con los dichos al señor árbitro, y pidiendo disculpas por este hecho.
RESUELVE:
1) Sancionar por el término de 1 (uno) mes al señor Miguel Cardoso, Presidente del Club Atenas. (cfr. art. 248 del RTP). Art. 253 – EFECTO DE LA SUSPENSION A DIRIGENTE – La suspensión impuesta a dirigente de club implica la inhabilitación para ejercer en la Liga o en sus clubs afiliados cualquier clase de actividad directriz y todo cargo, tarea o función que esté relacionada con asuntos referentes al fútbol. La inhabilitación es total. El dirigente así sancionado no podrá por ningún concepto, título o carácter, en lo que se refiere a las distintas actividades del club vinculadas al fútbol, representar ni asistir a reuniones de su Comisión Directiva ni a otras reuniones en las que se traten temas relacionados con la actividad de fútbol en cualquiera de sus aspectos (deportivo, económico, social, financiero, etc.). La violación a lo dispuesto en este artículo será sancionada con suspensión de uno a cinco años o expulsión de la Liga.
2) Archívese y publíquese.
Expte. Nº57/2016. Partido: LA SALLE vs. SAN CRISTOBAL (6º y 5º), de fecha 06/11/2016.
VISTO: el escrito del Club San Cristóbal, el cual fue presentado fuera de término, sin la firma del Secretario del Club, por lo que carece de validez.
RESUELVE:
1) Dar por decaído el derecho a la defensa y declarar en rebeldía a los señores Augusto Castillo y Mauro Dallia. (cfr. art. 8 del RTP)
2) Sancionar por el término de 3 (tres) partidos a los señores Augusto Castillo y Mauro
Dallia, ambos jugadores del San Cristóbal. (cfr. art. 185 y 220 del RTP).
3) Dar por decaído el derecho a la defensa y declarar en rebeldía al Club San Cristóbal. (cfr. art. 7 del RTP)
4) Sancionar al Club San Cristóbal con una multa de 20 VE a $50 c/u. (cfr. art. 287 del RTP)
5) Solicitar a la Secretaría de torneo que reprograme el partido de 5º división entre los Clubes La Salle y San Cristóbal. Debiéndose hacer cargo de los gastos que esto demande el Club San Cristóbal. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP)
6) Dar por finalizado el encuentro de 6º división con el resultado de planilla al momento de ser suspendido. (La Salle 1 – San Cristóbal 0). (cfr. arts. 32, 33 y 106 del RTP).
7) Archívese y publíquese.
Expte. Nº56/2016. Partido: NACIONAL vs DON SALVADOR (7º), de fecha 06/11/2016.
VISTO: el escrito presentado conjuntamente con los directivos del Club Nacional y el señor César Giménez, en donde explican los hechos ocurridos en el partido de referencia, marcando varios errores en el informe arbitral.
CONSIDERANDO: Que lo explicado por el árbitro en el informe, podemos observar incongruencia en los hechos y tiempo, por ejemplo en la hora de inicia del partido y finalización del mismo. Tampoco se observa el tiempo de juego cuando dice el árbitro que suspende el partido, pero ya se llevaba 40 minutos de juego del segundo tiempo, en esta categoría se juegan dos tiempos de 35 minutos. Otras de las cosas es que informa que expulsa al señor Valentín Valenzuela, pero en la planilla de juego informa a César Romero.
Como el informe arbitral posee errores graves, careciendo de información, con equivocaciones de jugadores expulsados, este Tribunal entiende que lo explicado por el Club Nacional y el señor Giménez es la verdad de los hechos ocurridos, este Tribunal
RESUELVE:
1) Dejar sin efecto la sanción provisoria al señor César Giménez , integrante del cuerpo técnico del Club Nacional. Quedando habilitado desde la publicación del presente Boletín. (cfr. art. 32 y 33 del RTP).
2) Rectificar lo actuado en Boletín Nº38/2016, con la sanción impuesta al señor Julián Carnero,
jugador del Club Nacional. El señor Carnero es sancionado por el término de 1 partido. (cfr. ats.
32, 33 y 207 del RTP).
3) Dar por cumplida la sanción al señor Valentín Valenzuela, jugador del Club Nacional.Quedando habilitado a partir de la publicación del presente Boletín. )cfr. arts. 32 y 33 del RTP)
4) Solicitar al Presidente del Colegio de árbitros que sancione por el término de 3 (tres) meses al árbitro del partido, contado desde la fecha de publicación del presente Boletín. (cfr. arts 32 , 33 y 270 del RTP)
6) Dar por finalizado el partido con el resultado de planilla al momento de ser suspendido. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP)
5) Archívese y publíquese.
FUTSAL
Visto: Los informes de los partidos disputado el día 09/11/2016.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombre Club Sanción Art. Div.
ACOSTA CARLOS _ EL POZO_ 1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260
CAPA LUCIANO _ VILLA DORA_ 1 Fecha o multa 21 VE a $ 50 c/u 260
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