Tribunal de Disciplina (11/06)

Jugadores con cuatro (4) amonestaciones impuestas por árbitros
Primera Categoría “A”
Apellido Y Nombre Club
GARCIA PABLO AGUA Y ENERGIA
GAMBOA FRANCISCO ARGENTINO
TARABAY VICTOR BELGRANO
JUAREZ JUAN COLON SJ
MOYANO WILFREDO COLON SJ
SILVA RAMON COSMOS FC
CHEMES JUAN M EL QUILLA
CHICHIZOLA JUAN EL QUILLA
DE OLIVERA JUAN EL QUILLA
OLIVA ALAN QUILLA
BIANCO NICOLAS LA SALLE
MOURET ERIC NEWELLS
PEREZ JAVIER NEWELLS
ROSILLO NAHUEL NEWELLS
GALETTO FRANCO SANJUSTINO
ROMERO NICOLAS UNION SF
VANONI FRANCO UNION SF
CAMARGO LUIS UNIVERSIDAD
FILIPPI JUAN UNIVERSIDAD
Primera Categoría “B”
Apellido Y Nombre Club
CABRERA EDUARDO 33.068.676 ALTO VERDE
RONCEHTTI RAMIRO ALTO VERDE
YAPPERT LEANDRO ATENAS
JARA LAUTARO CICLON RACING
RUIZ DIAZ CARLOS CICLON RACING
PERALTA LUIS DON SALVADOR
QUIROGA ALEX FLORESTA
BAR BRIAN GIMNASIA
PERREN GABRIEL INDEPENDIENTE
AQUINO EZEQUIEL JUVENTUD
RAMIREZ ANGEL JUVENTUD
BORDA MARCELO LOS CANARIOS
GOMEZ BRIAN LOS CANARIOS
ESCOBAR ALEJANDRO LOS JUVENILES
ACOSTA CARLOS N. HORIZONTE
ACOSTA CRISTIAN N. HORIZONTE
CONSTANTE ALAVRO N. HORIZONTE
RAMIREZ PEDRO NACIONAL
MIRANDA CRISTIAN NOBLEZA
MALDONADO LUCAS PEÑALOZA
SANTILLAN JAIRO PEÑALOZA
GALVAN JESUS SANTA ROSA
GENTILE MARCELO SANTA ROSA

JUGADORES EXPULSADOS
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 03/06/2015 al 07/06/2015.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombre Club Sanción Art.
BATALLA MAURO ARGENTINOS 1 208
BAUZA JUAN COLON SF 3 200
LOPEZ INSAURRALDE IGNACIO COLON SF 1 207
BERTOLA LEANDRO COLON SJ 4 185
ANCONETANI FRANCO LA PERLA 1 207
TAMI GERMAN UNIVERSIDAD 1 207
CABRERA EDUARDO ALTO VERDE 1 207
GONZALEZ MIGUEL ALTO VERDE 1 207
LAZZAROTTO GUILLERMO ATENAS 1 208
VINETTI EZEQUIEL BANCO 1 208
AQUINO DIEGO CICLON NORTE 1 207
PATROVILLEAU MATIAS INDEPENDIENTE 1 207
CLEBOT IGNACIO JUVENTUD 1 207
ROMERO ANDRES LOS CANARIOS 1 207
BRUNO RODOLFO LOS JUVENILES 2 201
VIVAS RODRIGO N. HORIZONTE 1 207
BERON HERNAN 3NACIONAL 1 207
VALINOTTI RODRIGO NACIONAL 3 200
OLIVERA JUAN NOBLEZA 1 208
DIFILIPPO NICOLAS PUCARA 1 207
BONELLI ANGEL SANTA ROSA 3 199/220
GALVAN JESUS SANTA ROSA 1 207

Reserva
AVALOS KEVIN AGUA Y ENERGIA 2 201
GALVEZ CRISTIAN EL POZO 1 207
LILLINI FERNANDO UNIVERSIDAD 1 207
ROLON MARCELO FLORESTA 3 200
LEYES JOANATAN LAS FLROES 2 202
RAMOS RODOLFO N. HORIZONTE 1 207
MAZZEI FRANCO SP. GUADALUPE 1 207

5ta
PEDRON RODOLFO AGUA Y ENERGIA 2 201
MARTINI SANTIAGO ATENEO 1 186
MUSSIN KEVIN BANCO 1 207
SAUCEDO EMANUEL BANCO 1 207
BORGO LAUTARO GIMNASIA 1 207
MOTTIER MARTIN GIMNASIA 1 207
MAR PABLO LAS FLROES 1 207
RUDI ZAMUEL LAS FLROES 1 207
SALVA NICOLAS NEWELLS 2 186
NICOLA MATIAS 4SAN CRISTOBAL 1 207
DIAZ ESTEBAN SANTA ROSA PROV 22
MODINA ISAIAS SANTA ROSA 1 207
VEGA ALAN SANTA ROSA 1 207
LAMERIO MANIEL UNION SF 1 207

6ta
SERAFINI BRIAN AGUA Y ENERGIA 1 207
SETTLER AGUSTIN ARGENTINOS 1 204
GALVAN BRIAN COLON SF PROV 22
QUERUBINI GIULIANO COLON SF 4 185/200
GONZALEZ CRISTIAN EL POZO 4 185
BENITEZ BENJAMIN N. HORIZONTE 1 207
VALLEJO SERGIO NEWELLS 1 207
VAMA EMILIANO UNION SF 2 200/220

7ma
ALBIZZOTI FRANCISCO BANCO 1 207
MARQUEZ GERMAN COSMOS FC 4 185
MAZZOCO AGUSTIN COSMOS FC 3 200
TABORDA ANDRES 42.361.205 NACIONAL 1 207
DOMMINIZIO CRISTIAN 42.533.943 SAN CRISTOBAL 1 207

8va
MEYNET MANUEL ARGENTINOS 1 204 8º
ALVAREZ ALEXANDER ATENAS 2 186 8º

ARREDONDO ALAN ATENAS 2 186 8º
VILLALBA ARIEL NOBLEZA 2 201 8º

9na
FLORES DANIEL SANTA ROSA 4 185/200

10ma
TENNA CRISTIAN BANCO 1 207

Femenino
GAUNA GISELA HURACAN 2 201
RAMIREZ PAMELA LOGIA FC 2 201

Senior
MEDINA JOSE ALTO VERDE 1 207
TOLOZA OMAR ALTO VERDE 4 185
GARCIA OSCAR ATENAS 1 207
CASTELLANOS GERMAN COLON SF 1 207
KNUTSEN GERARDO JUVENTUD 2 200/220
MEHAUDY RICARDO LOYOLA 1 186
DELLIA GABRIEL SAN CRISTOBAL 2 186
OLIVARI DANIEL SAN CRISTOBAL 1 207
CHELINI OLIDEN UNIVERSIDAD 1 207

Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 03/06/2015 al 07/06/2015.
Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos y delegados de efectivo cumplimiento. (cfr. arts. 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombres Club Sanción Art. Div.
VEGETTI MAURICIO COLON SJ 2 Fechas o multa 42 VE a $ 30 c/u 260 1º A
BURTOVOY LEONARDO UNON SF 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 5º
GRECCO RAUL LOS CANARIOS 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 6º
DIAZ JULIO BANCO 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 7º
ECHAGÜE MATIAS ATENAS 2 Fechas o multa 42 VE a $ 30 c/u 260 8º
LALLANA ORLANDO LAS FLORES 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 8º
QUIEROZA DANIEL LOS CANARIOS 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 8º
ESPINODLA ROBERTO SANTA ROSA 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 8º
MESA MATIAS EL SUEÑO 1 Fecha o multa 21 VE a $ 30 c/u 260 9º
DELLA CROCCE FEDERICO COLON SF PROVISORIO 22 10º
OSTELLINO MARCELO UNION SF PROVISORIO 22 10º
CENTURION DANIEL UNION SF 1 Fecha o multa 21 VE a $ 30 c/u 260 FEM
MENEGAZZO LUIS LOYOLA 4 Fechas o multa 84 VE a $ 30 c/u 260 SENIOR
Expe. Nº28/2015
Partido: ARGENTINOS vs COLON SJ (1º A), de fecha 07/06/2015
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha de 07/06/2015.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club Argentinos de San Carlos, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)

Expe. Nº27/2015
Partido: UNION SF vs COLON SF (5º), de fecha 07/06/2015
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha de 07/06/2015.
RESUELVE:
1) Dar por finalizado el encuentro con el resultado de planilla al momento de ser suspendido. (Unión: 0 – Colón: 0). (cfr. art. 32,33 y 152 del RTP).
2) Archívese y publíquese.

Expe. Nº26/2015
Partido: LAS FLORES vs. DEP. SANTA ROSA (LA CASITA) (5º), de fecha 07/06/2015
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha de 07/06/2015.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al señor Esteban Díaz, DNI 40.360.681, jugador del Club Dep. Santa Rosa. (cfr. art. 22 del RTP)
2) Córrase traslado de las actuaciones al señor Esteban Díaz, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)

Expe. Nº25/2015
Partido: UNION SF vs. COLON SF (7º), de fecha 07/06/2015
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha de 07/06/2015.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al señor Brian Galvan, jugador del Club Colón de Santa Fe. (cfr. art. 22 del RTP)
2) Córrase traslado de las actuaciones al señor Brian Federico, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)

Expe. Nº24/2015
Partido: NOBLEZA vs LA PERLA (8º), de fecha 07/06/2015
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha de 07/06/2015.
RESUELVE:
1) Córrase traslado de las actuaciones al Club Nobleza, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)

Expe. Nº23/2015
Partido: COLON SF vs. UNION SF (INF. MENORES), de fecha 07/06/2015
VISTO: el informe del árbitro del partido de fecha de 07/06/2015.
RESUELVE:
1) Sancionar provisoriamente al señor Federico Della Crocce, integrante del cuerpo técnico del Club Colón de Santa Fe. (cfr. art. 22 del RTP)
2) Córrase traslado de las actuaciones al señor Federico Della Crocce, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)

3) Sancionar provisoriamente al señor Marcelo Ostellino, integrante del cuerpo técnico del Club Unión de Santa Fe. (cfr. art. 22 del RTP)
4) Córrase traslado de las actuaciones al señor Marcelo Ostellino, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 8 del RTP)
5) Córrase traslado de las actuaciones al Club Colón de Santa Fe, por el término de 4 días corridos, contados desde la hora cero del día siguiente de la publicación del presente Boletín, para que formule su descargo por escrito. Se deja copia de informe arbitral en la secretaría Administrativa de la Liga Santafesina de Fútbol. (cfr. art. 7 del RTP)

Expe. Nº22/2015
Partido: LA PERLA vs. COLON SAN JUSTO (8º), de fecha 31/05/2015
VISTO: el escrito presentado por el Club La Perla de fecha de 08/06/2015, cumplimentando lo solicitado en Boletín Nº12/2015.
RESUELVE:
1) Solicitar a la Secretaría de Torneos de la Liga Santafesina de Fútbol que reprograme el partido de 8º división entre los Clubes La Perla y Colón de San Justo. Debiendo hacerse cargo de todos los gastos que ocasione dicha reprogramación el Club La Perla. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP)
2) Archívese y publíquese.

Expe. Nº21/2015
Partido: LA PERLA vs. COLON SAN JUSTO (9º), de fecha 31/05/2015
VISTO: el escrito presentado por el señor Cristian Torres, en forma de descargo por la imputación que se le hace en el partido de referencia, donde fuera expulsado.
CONSIDERANDO: Que los motivos tenidos en cuenta por este H.T.P., entre los cuales, cabe destacar que los informes arbítrales confeccionados constituyen semiplena prueba de lo que en ellos consignan y que solo mediante pruebas directas en contrario puede desacreditarse el valor que se les asigna. En tal sentido es dable advertir que en el informe en cuestión el señor árbitro en forma precisa y detallada relata la conducta antideportiva del señor Torres Por todo lo expuesto este Tribunal
RESUELVE:
1) Sancionar por el término de 2 (dos) años al señor Cristian Torres integrante del cuerpo técnico del Club La Perla. (cfr.arts. 32, 33 y 260 del RTP)
2) Archívese y publíquese.

Expe. Nº20/2015
Partido: El CADI vs. AGUA y ENERGIA (1º A), de fecha 30/05/2015
VISTO: el descargo presentado por el Club Agua Energía.
RESUELVE:
1) Dar por presentado la defensa del Club Agua y Energía, archívese y publíquese. (cfr. arts. 32 y 33 del RTP)

Expe. Nº19/2015
Partido: LOS JUVENILES vs. SANTA ROSA (La Casita) ( 1º B), de fecha 24/05/2015
VISTO: Que ambos clubes se han hecho presente a la citación realizada por este Tribunal, para el día 09/06/2015, participando el Presidente del Club Santa Rosa (sr. Adolfo Martínez) y el Vice Presidente del Club Los Juveniles (Sr. Roberto Espinoza).
CONSIDERANDO: Que no se ha llegado a un entendimiento de ambas partes y que los motivos tenidos en cuenta por este H.T.P., entre los cuales, cabe destacar que los informes arbítrales confeccionados constituyen semiplena prueba de lo que en ellos consignan y que solo mediante pruebas directas en contrario puede desacreditarse el valor que se les asigna. En tal sentido es dable advertir que en el informe en cuestión el señor árbitro en forma precisa y detallada relata los hechos ocurridos, y por todo lo expuesto este Tribunal
RESUELVE:
1) Dar por perdido el partido al Club Dep. Santa Rosa, con el siguiente resultado: Los Juveniles 1 – Santa Rosa 0. (cfr. arts. 32, 33 y 106 del RTP)
2) Sancionar al Club Los Juveniles con una multa de 50 VE a $30 c/u. (cfr. arts. 32, 33 y 287 del RTP)
3) Archívese y publíquese.

Expte. Nº10/2015
Partido: DON SALVADOR vs. DEF. ALTO VERDE (1º B), de fecha 25/04/2015
VISTO: La nota del Club Don Salvador en donde comunica que el Club Def. de Alto Verde no ha abonado lo reclamado, y siendo que este Tribunal le había torgado un plazo para que se haga efectivo el pago, por todo lo expuesto:
RESUELVE:
1) Intimar al Club Def. Alto Verde que abone en un plazo de 5 días corridos, la suma de $ 847 al Club Don Salvador por los daños reclamados, que corresponden a los arreglos realizados por las roturas de las instalaciones del estadio sufrida en el partido de referencia. Una vez vencido este plazo, el Tribunal deberá
suspender provisionalmente al club infractor, elevando los actuados al Consejo Directivo de la Liga a los fines pertinentes. (cfr. arts. 32, 33 y 77 del RTP)
FUTSAL

JUGADORES EXPULSADOS
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 02/06/2015 al 04/06/2015.
Resuelve: Sanciones a jugadores de efectivo cumplimiento. (cfr. arts 32, 33 y 40 del RTP).
Apellido y Nombre Club Sanción Art. Div.
GOMEZ VARA FAUSTO LA SALLE 1 207 FUTSAL
PEREZLINDO MARCOS UNIVERSIDAD 1 207 FUTSAL
Visto: los informes de los partidos disputados entre los días 02/06/2015 al 04/06/2015.

Resuelve: Sanciones a integrantes de cuerpos técnicos y delegados de efectivo cumplimiento. (cfr. arts. 32,
33 y 40 del RTP).
CAPA LUCIANO VILLA DORA 1 Fecha o multa 21 VE a $ 30 c/u 260 FUTSAL

Publicado por:

Milagros Mercado 

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